Cuales son los pasos que se deben hacer para legalizar una instalación solar de autoconsumo
Para legalizar una instalación de autoconsumo solar un técnico especializado debe diseñar la instalación y ser visada por el Colegio de Ingenieros Técnicos. Luego debe solicitar licencia de obras y pagar tasas urbanísticas con impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO). El tercer paso ya ser solicitar las ayudas de los fondos europeos Next Generation. Esta ayuda permite cubrir hasta el 50% del coste la instalación y es compatible con la mayoría de bonificaciones fiscales. A continuación, se podrá realizar el montaje de la instalación o kit solar. Para instalaciones menores o iguales a 10 kW, se precisa el Certificado de Instalación (Boletín), si es superior, también el Certificado de fin de obra.
Y cómo último paso, tramitar el certificado de instalación o de fin de obras que variará según la comunidad autónoma. En Cataluña, un instalador autorizado deberá realizar un Certificado de Instalación Eléctrica de baja tensión (CIE), tramitar la Declaración responsable de puesta en servicio o modificación de instalación eléctrica. Luego se deberá inscribir la instalación en Registre de Instal·lacions Tècniques de Seguretat Industrial de Catalunya (RITSIC) y después en Registro de Autoconsum de Catalunya (RAC).
Una vez legalizada la instalación, se puede solicitar el cambio del contrato de luz actual a uno de autoconsumo para recibir compensación por excedentes de energía que tu instalación produce y no utilizas, o contrato con batería virtual si esa distribuidora ofrece esta opción.
En conclusión, legalizar una instalación solar de autoconsumo es necesario, ya que hay interacción entre la energía solar y la de red eléctrica. Por lo tanto, se deben seguir los pasos indicados para evitar cualquier problema y asegurar un óptimo funcionamiento. Además, nos permitirá acceder a ayudas y bonificaciones. En Damia Solar tenemos departamento de ingeniería para solicitarle y tramitarle directamente las ayudas.
¿Cómo legalizar una instalación de autoconsumo solar?
Para legalizar una instalación de autoconsumo se debe en primer lugar diseñar la instalación por un técnico especializado. En segundo lugar, solicitar licencia de obras. En tercer lugar, se podrá en este momento solicitar las ayudas de los fondos europeos Next Generation. En cuarto lugar, ya se podrá proceder a realizar el montaje de la instalación o kit solar. Una vez realizado, en quinto lugar, se tramitará el certificado de instalación o de fin de obras. A partir de aquí, los certificados son diferentes según la comunidad autónoma. Por ejemplo, en Cataluña, se tramitará el Certificado de Instalación Eléctrica de baja tensión (CIE). Luego realizar la Declaración responsable. Y como último paso, inscribir la instalación fotovoltaica en el Registro de Instalaciones Técnicas.
Vamos a explicar más adelante todos los pasos en profundidad.
¿Por qué es obligatorio legalizar el autoconsumo solar?
Una instalación de autoconsumo conectada a la red representa una instalación eléctrica que tiene que cumplir el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) vigente, y además se tiene que inscribir al Registro de Autoconsumo de la CCAA como instalación generadora. Sin este registro no se podrán beneficiar de las compensaciones en la factura por los excedentes de producción vertidos a la red.
Para realizar una instalación fotovoltaica de autoconsumo se requieren una serie de trámites, tanto previos como posteriores a la instalación. La empresa instaladora se encarga de la mayoría de estas gestiones, que son indispensables para instalar los paneles, producir energía, optar a recibir ayudas y bonificaciones, y poder compensar la energía sobrante que se envía a la red eléctrica.
Las 3 etapas para la legalización del autoconsumo solar
Vamos a dividir en tres etapas (A ,B y C) los trámites para realizar la legalización de una instalación solar de autoconsumo. En primer lugar, los trámites previos a la instalación de las placas solares. En segundo lugar, se realiza la instalación normal de paneles y del inversor de red y programación del equipo. Y en tercer lugar, se realizan los trámites posteriores a la instalación solar.
– Trámites previos a la instalación de tus placas solares:
1. Diseño de la instalación
Para cualquier tipo de instalación fotovoltaica es necesario contar con un diseño que debe ser realizado por un técnico especializado, y visado por el Colegio de Ingenieros Técnicos. En el caso de las instalaciones menores a 10 kWh será suficiente con una memoria técnica, mientras que en instalaciones superiores será necesario un proyecto técnico.
Más información sobre este tema en nuestro artículo: ¿Cómo evitar errores comunes en la instalación de paneles solares?
Cómo evitar errores comunes en la instalación de paneles solares
2. Licencia de obras
Al realizar una instalación de placas solares, se está ejecutando una obra exterior, normalmente en el tejado de nuestra vivienda, por lo que se necesitará un permiso de obra. En este momento, se tendrán que pagar las tasas urbanísticas y el impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO). En la mayoría de municipios, existe una bonificación de estos dos tributos para promover el autoconsumo solar.
3. Ayudas Next Generation
En este momento, se podrán solicitar las ayudas de fondos europeos Next Generation, destinadas a fomentar la instalación de placas solares y contribuir a generar energías limpias. Esta ayuda permite cubrir hasta el 50% del coste la instalación y es compatible con la mayoría de bonificaciones fiscales.
Se dividen en tres categorías: autoconsumo, baterías y climatización renovable. Tanto empresas como particulares, pueden optar a estas ayudas. Las empresas pueden recibir hasta un 35% del coste subvencionable de la instalación, mientras que los particulares pueden obtener hasta 600 euros por kilovatio pico instalado.
Una vez llegados a este punto ya se puede realizar la ejecución de la instalación solar.
– Trámites posteriores a la instalación de placas solares:
4. Certificados de instalación y/o fin de obras
Una vez realizada la instalación, para el caso de instalaciones menores o iguales a 10 kW, solo se precisa el Certificado de Instalación (comúnmente llamado Boletín). Si se trata de una instalación de más de 10kW, se requiere también el Certificado de fin de obra.
Este certificado ha de estar firmado por un técnico competente, tal y como establece la ITC-BT-04 del REBT.
5. Legalización
La legalización de una instalación fotovoltaica, por ejemplo, en Cataluña, consta de tres partes:
● Un instalador autorizado ha de realizar un Certificado de Instalación Eléctrica de baja tensión (CIE). En este certificado, aparecen todos los datos técnicos de la instalación y el instalador certifica su correcto funcionamiento.
● Realizar y tramitar la Declaración responsable de puesta en servicio o modificación de una instalación eléctrica.
● Hay que inscribir la instalación fotovoltaica en el Registro de Instal·lacions Tècniques de Seguretat Industrial de Catalunya (RITSIC), y posteriormente en el Registro de Autoconsum de Catalunya (RAC). Para inscribirse en estos dos registros hay que rellenar una serie de documentación, tarea que realiza el instalador.
Para una instalación fotovoltaica aislada no necesita inscribirse al RAC, ya que no tiene CUPS, de acuerdo con el RD 244/2019. Solo se tiene que tramitar la declaración responsable de puesta en servicio de una instalación eléctrica de baja tensión.
6. Bonificaciones fiscales
Puesto que estamos hablando de Cataluña cómo ejemplo. En la mayoría de municipios catalanes, las bonificaciones existentes son:
● Bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): Se bonifica hasta el 50% de la cuota durante varios años, en función de cada Ayuntamiento.
● Deducción del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): La deducción puede ser de hasta el 40% del coste de la instalación. Este trámite se realiza en el momento de su declaración de la renta anual.
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7. Cambio de contrato de compensación de excedentes:
Una vez legalizada la instalación, se puede solicitar el cambio del contrato de luz actual a uno de autoconsumo, para poder recibir compensación por los excedentes de energía que tu instalación produce y no utilizas. En principio, cuando una instalación está legalizada, la Comunidad Autónoma lo notifica a la distribuidora y esta se encarga de notificarlo a la comercializadora. Posteriormente, el departamento de autoconsumo de la comercializadora nos solicitará qué modalidad de contrato queremos y realizará el cambio. Este trámite lo tiene que realizar el titular del contrato.
En Damia Solar disponemos de todos los departamentos propios que puedas necesitar en el proceso de tener tu kit o instalación solar de autoconsumo.
Departamento de ingeniería
Tenemos departamento de ingeniería propio para realizar todos los trámites necesarios para el cliente, así como solicitar los permisos necesarios. Con lo cual te ofrecemos un servicio completo de inicio a fin.
Departamento de instalaciones
Equipo de instaladores propios con la experiencia y conocimientos necesarios para llevar a cabo un montaje óptimo y con las máximas garantías.
Departamento S.A.T. (Servicio de Atención Técnica)
Con un equipo propio de técnicos del sector fotovoltaico para resolver de forma eficaz y rápida cualquier duda o problema técnico que pudiese surgir.
Departamento de reparaciones y recambios
En caso de problema con un equipo que necesite de reparación, a diferencia de muchas marcas que tienen al cliente esperando meses, en Damia Solar se agiliza la reparación con nuestro equipo. Además, se disponen de recambios para solventar posibles desgastes de piezas.